RESOLUCIÓN -P.G.- 19-2024

Monto de contratación directa del servicio de traslado de vehículos con motivo de realizar tareas periciales u otros tipos de gestiones judiciales.[1]

 

 

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Dictado el 01-03-24.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

VISTO:

 

La Ley N° 2574 – Orgánica del Poder Judicial-, el Acuerdo N° 3769 del STJ – Reglamento para contrataciones del Poder Judicial” y sus modificaciones, la Resolución P.G. N° 36/21 y el informe realizado por el Jefe de la Unidad Regional Uno de la Policía de La Pampa y;

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Jefe de la Unidad Regional Uno de La Policía de La Pampa mediante Expediente 5957/2024 informa que el área capital cuenta con un único vehículo grúa (Legajo 491) y debido a las condiciones de desgaste que presenta y a los años que lleva en funcionamiento, en diversas ocasiones se encuentra fuera de servicio imposibilitando el traslado de vehículos en los casos de siniestros en donde este Ministerio Público debe intervenir.

 

Asimismo se informó que, en relación al estado de desgaste del mismo, en ningún caso podría ser utilizado para realizar viajes de larga distancia a otras localidades y/o provincias.

 

Que los vehículos secuestrados en el marco de un legajo penal resultan prueba fundamental en el proceso judicial, siendo interés de este Ministerio Público su traslado a sede policial y posterior preservación, cuando las circunstancias del caso así lo ameriten.

 

Que la contratación directa debe considerarse como un régimen excepcional y restrictivo de la selección pública, donde razones de simpleza y conveniencia administrativa justifican su aplicación. Sin embargo, deben preverse situaciones donde se debe privilegiar la celeridad en el suministro del bien o servicio para no afectar un interés público y en este caso en particular la orden de un Fiscal dada en el marco de una causa penal.

 

 

Por ello, el Procurador General de la Provincia de La Pampa,

RESUELVE:

 

1°) Disponer, que la Oficina Contable podrá contratar en forma directa hasta el límite fijado en el Anexo I, Inciso C de la Resolución P.G. N° 146/23 (o posteriores modificaciones) el servicio de traslado de vehículos con motivo de realizar tareas periciales u otros tipos de gestiones judiciales, cuando los mismos se realicen a pedido de algún funcionario de este Ministerio Público.

 

2°) Instruir, a la Oficina contable lo dispuesto en el punto 1°) de la presente resolución.

 

3°) Regístrese, comuníquese al Tribunal de Cuentas y archívese.

 

 



[1] Nota de Redacción: Título dado por el Digesto.